miércoles, 13 de abril de 2011

LA OPA

Voy ha comenzar explicando que es la OPA, se trata un acto en el cuál una cantidad de personas o asociaciones de personas como organizaciones y sociedad ofertan a todos los accionistas, o de otros valores que den opción a cogerlas, mediante un precio. Este precio como normal general suele darse en efectivo, aunque también puede darse en acciones o dinero y acciones.

Como valores que son tienen la posibilidad de producir un derecho a adquisición de acciones, encontramos derechos como :
-          Derechos de suscripción
-          Las obligaciones convertibles
-          Warrants

Diferentes tipos de opas:

-          De exclusión: su objetivo es dejar a los accionistas a vender sus acciones antes de que la compañía abandones la cotización en bolsa. La contraprestación del dinero estará presente.
-          Amistosas: se trata de opas que se ofrecen después de un acuerdo que se establece entre la sociedad oferente y los accionistas significativos o el Consejo de Administración de la sociedad opada. Las opas hostiles aquellas en las cuales no existe un trato previo.
-          Obligatorias / Voluntarias: la ley ofrece algunos casos en los que es obligatorio  que se lleve a cabo una opa (tomar el control, exclusión y reducción del capital).
Las opas obligatorias representan al 100% de las acciones de la compañía a un precio que esta en equilibrio y no pueden depender a condiciones.
-          Por toma de control: su objetivo es dejar a los accionistas de la sociedad opada que vendan las acciones a un precio similar, todo ello cuando la sociedad oferente tenga el control de la sociedad opada.
-          Competidora : cuando lo que están ofreciendo afecta a valores sobre los cuales ya se ha establecido otra opa con un límite de aceptación que no ha terminado aún.

El folleto de la OPA:  posee toda la información necesaria para que el inversor establezca un hecho basado en la oferta; como los valores , los gasto y el plazo de aceptación …


CASOS RELAES RELACIONADOS CON LA OPA

- De esta página Web http://opcionesyfuturos.net/analisis-tecnico-de-cepsa-la-opa-manda.html; he encontrado un análisis técnico de CEPSA en el cuál podemos comprobar como la OPA controla.


Es un valor inmerso en una OPA, sobre todo si el que lanza la OPA tiene una parte importante del capital y el otro máximo accionista se ha comprometido a vender.

 NOTICIA EN EL PAÍS

Esta semana y la siguiente trataremos de explicar, con las limitaciones de espacio propias de este "Rincón del Inversor", qué es una Oferta Pública de Adquisición ("OPA"), los supuestos en que debe lanzarse y el procedimiento para las mismas. La primera idea que avanzamos es que una OPA no es otra cosa que una obligación legalmente impuesta de ofrecer a los accionistas de una sociedad la adquisición de sus acciones en condiciones determinadas. Existen diversos supuestos de hecho que obligan a lanzar una OPA, dedicando esta primera entrega al supuesto más conocido y frecuente: la llamada OPA en caso de toma o aumento de una participación significativa.
Ésta consiste en la obligación legalmente impuesta a toda persona que quiera hacerse con el control de una sociedad cotizada, de ofrecer a todos los accionistas de la misma la compra de sus acciones a un mismo precio. La idea que subyace a esta obligación es la de respetar el principio de igualdad entre accionistas, y la de evitar los perjuicios que les podría provocar la entrada de un nuevo accionista que cambie las "bases o reglas del juego" que regían la vida social.
Ello se entenderá fácilmente con un ejemplo: si un tercero, o una persona que ya sea socio de una sociedad, quiere adquirir un paquete de acciones de tal forma que con dicha adquisición se haga con el control de la sociedad, con toda probabilidad pagaría por ese paquete de acciones una "prima de control", esto es, un sobreprecio. La existencia de este sobreprecio -muy elevado en ocasiones- provoca desigualdades entre los diferentes socios, y principalmente entre los pequeños tenedores, quienes ven cómo cambia(n) el (los) accionista(s) de control y además otro socio ha conseguido por la venta de sus acciones un sobreprecio respecto del valor "normal" o de mercado de las acciones. Pues bien, lo que hace la legislación sobre OPAs es obligar al adquirente a ofertar a todos los accionistas la compra de sus acciones, a un mismo precio. El adquirente no se verá obligado a adquirirlas todas, sino tan sólo un porcentaje mínimo legalmente establecido que dependerá de la participación que quiera adquirir.



Para seguir leyendo la noticia: http://www.elpais.com/articulo/economia/Bolsa/Nueva/York/rechaza/opa/Nasdaq/elpepieco/20110411elpepieco_8/Tes

- Esta noticia nos proporciona una definición clara y concisa de lo que sería una opa y se centra en uno de los supuestos más frecuentes: “ la OPA en caso de toma o aumento de una participación significativa”. Básicamente nos habla de un respeto e igualdad entre todos los accionistas a la hora de adquirir una nueva acción, siendo para todos el mismo precio y las mismas oportunidades de compra.

Declaraciones del Presidente de Banco Sabadell (en referencia a OPA Banco Guipuzcoano)

No hay comentarios:

Publicar un comentario